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Código Municipal Artículo 50 bis Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Municipal Chihuahua
Artículo 50 bis.

La Gaceta Municipal es el medio de difusión impreso, de carácter permanente, interés público y con efectos vinculatorios, dependiente de los Ayuntamientos, cuya función consiste en publicar los reglamentos, acuerdos, bandos de policía y gobierno, circulares, órdenes y demás actos expedidos por la autoridad municipal, a fin de que sean publicitados y observados debidamente.

Solamente los municipios que tengan una densidad poblacional mayor a los cuarenta mil habitantes, podrán optar por la creación de una Gaceta Municipal. 



Estado de Chihuahua Artículo 50 bis Código Municipal
Artículo 1 ...49 50 50 bis 50 ter 51 ...205

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